RESPONSABILIDADES / SEGUROS

PROSECO se responsabiliza de la labor de su personal. Cualquier daño o deterioro producido en bienes o personas queda cubierto por la Póliza de Responsabilidad Civil que PROSECO tiene formalizada.

PROSECO  exime al cliente de toda responsabilidad que compete a nuestro personal y acredita la contratación legal de cada miembro de la plantilla. Así mismo pone a disposición de instituciones y/o empresas clientes, los justificantes de pago de todos los impuestos y arbitrios.

PROSECO tiene establecidas las siguientes pólizas:

  • ACCIDENTES DE TRABAJO.- Póliza suscrita con FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 061, póliza que ampara la cobertura legalmente establecida del accidente de trabajo y enfermedad profesional. Igualmente se tiene concertado con MEDYCSA las revisiones médicas periódicas, los reconocimientos de ingreso y la formación permanente de nuestro personal en primeros auxilios, accidentes, prevención de incendios, etc.
  • PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORABLES, SANIDAD EN TRABAJO:
    Que en cumplimiento de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre y demás normativa de aplicación, PROSECO S.A. tiene concertado el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales con MEDYCSA, entidad acreditada por la Dirección General del Trabajo de la Comunidad de Madrid, con ámbito de actuación nacional.

  • SEGURO VOLUNTARIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS.- Póliza suscrita con LLOYD´S, que garantiza cualquier responsabilidad civil derivada de la prestación de los Servicios de Seguridad de PROSECO, por un importe de TRESCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS SEIS EUROS (305.506.- €) por siniestro. Nº de póliza M200800396, de conformidad a lo establecido en al legislación que rige nuestra actividad.

  • ACCIDENTES INDIVIDUALES EN GENERAL.- Con MILLENIUM, cuyo efecto cubrirá el riesgo de accidentes corporales, sea o no laboral, excepto los producidos en competiciones deportivas oficiales de vehículos de motor, durante las 24 horas del día y los 365 días del año, de conformidad a lo establecido en el Art. 62 del Convenio del Sector de 28 de Marzo de 1994. Póliza nº 200801827.